Características
- Valor: US$ 57.400
- Region: Estado de Michoacán de Ocampo
- Localidad: San Telmo
- 1 Baños
- 30 m²
Descripcion
El edificio stá ubicado en el emblemático barrio de San Telmo, en Bernardo de Irigoyen 1122, entre Humberto 1 y Av. San Juan. Frente al Metrobus, en la esquina de la Estación de Subte San Juan, y muy cerca de la Estación Constitución.
Tiene una excelente accesibilidad, próximo a los acceso de la Autopista Bs As - La Plata.
Terminaciones;
· Laundry
· SUM con parrilla
· Solarium con ducha
· Grupo Electrógen
Terminaciones;
. Pisos vinílicos
· Carpinterías de aluminio
· Anafes eléctricos de primera marca
· Muebles de cocina revestidos en melamina
· Agua caliente central
· Iluminación LED en espacios comunes
· Hall de acceso de moderno diseño
· Aire acondicionado frío/calor de bajo consumo instalado
· Mesadas de granito en cocina y mármol en baño
· Doble vidriado hermético en todas las carpinterías
Finalizacion julio 2025
GRISEL VANESA ADAN, CUCICBA 8.531 - CMCPSI 7.022, LEY 5.859 – ART. 5
Se encuentra prohibido cobrar comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes a los inquilinos que sean personas físicas. Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15) del valor total del respectivo contrato
Nota: La información gráfica y escrita contenida en el presente aviso es meramente a título estimativo y no forma parte de ningún tipo de documentación contractual. Las medidas y superficies definitivas surgirán del título de propiedad del inmueble referido. Asimismo, los importes de tasas, servicios y expensas indicados están sujetos a verificación. El valor del inmueble indicado en el presente puede ser modificado sin previo aviso. Operación supeditada a que el propietario cumplimente con la Reg.2.371 COTI.
LEY 5.859 – ART. 5
Se encuentra prohibido cobrar comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes a los inquilinos que sean personas físicas. Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15) del valor total del respectivo contrato